2. Solamente participan
prestatarios que hayan formalizado un crédito en colones en cualquier
agencia MUCAP y Oficinas Centrales durante el periodo de referencia de
la promoción, según se señala en el punto 3, en las
líneas de crédito para: Período de referencia 3. La promoción
es por tiempo limitado, inicia el 01 de junio del 2003 y finaliza el 20
de diciembre del 2003. 1. Para participar
es necesario que los prestatarios cumplan con los parámetros y
demás requisitos establecidos por la Mutual para el otorgamiento
del crédito, y acepten las condiciones y limitaciones establecidas
en este reglamento de promoción. 3. Es condición
indispensable para tener derecho al premio que cada prestatario participante
haya cancelado puntualmente los intereses de desembolso y todas sus cuotas
hipotecarias, en la fecha de pago establecida, o como máximo el
día hábil siguiente. 4. Los prestatarios que registren pagos adelantados en su operación de crédito al mes de julio del 2004 también participan en la promoción. En estos casos, el premio se aplicará a la próxima cuota por cancelar. Premio 5. El premio consiste en que a todos los prestatarios participantes que cumplan con las condiciones del presente reglamento, MUCAP les pagará directamente la cuota hipotecaria que les corresponde pagar en el mes de Julio del 2004, de modo que puedan liberar presupuesto para cubrir sus gastos vacacionales de medio período o para cualquier otro uso que responda a sus necesidades particulares. El premio se otorgará una única vez. 6. El monto del premio que gane el prestatario será equivalente al monto de la cuota de su operación que le corresponde pagar en el mes de julio del 2004, de acuerdo con las condiciones de tasa y plazo vigentes. 7. El premio será
aplicado como cancelación directa de la cuota en la fecha correspondiente
a su fecha de pago, en el mes de julio del 2004. El recibo correspondiente
puede ser retirado a partir del día hábil siguiente a su
fecha de pago en cualquier agencia MUCAP. 12. La lista de los prestatarios ganadores del Aguinaldo Vacacional, se publicará a partir del 20 de junio del 2004 en todas las agencias MUCAP Reclamo de premios 13. El plazo máximo improrrogable para presentar algún reclamo será hasta el 10 de agosto del 2004. Pasada esa fecha caducará el derecho de reclamar y MUCAP no reconocerá premio alguno. Los reclamos deberán ser presentados por el deudor y de forma escrita en cualquier agencia MUCAP, con fotocopia de todos los documentos que respaldan la base del reclamo. Consideraciones especiales 14. El prestatario que cancele anticipadamente su operación de crédito sujeto a esta promoción, no tendrá derecho al premio; tomando como referencia el periodo comprendido entre la fecha de formalización del crédito y la fecha en que se aplicará el premio a su operación, en el mes de julio del 2004. 15. MUCAP suspenderá
en forma inmediata la presente promoción, sin asumir responsabilidad
alguna, si se llegaran a detectar situaciones fraudulentas o una circunstancia
de fuerza mayor que afecte gravemente los intereses de MUCAP. Esta circunstancia
se comunicará públicamente en las distintas agencias de
MUCAP, fecha a partir de la cual se suspenderá la promoción. Consideraciones finales 16. Con el fin de hacer público el resultado de la promoción, los prestatarios ganadores, deberán autorizar a que sus nombres e imagen aparezcan en publicaciones y demás medios publicitarios y en general en todo material de divulgación de las actividades posteriores a la promoción, sin que implique remuneración o compensación adicional , ni reclamos por derechos de imagen, los cuales se consideran cedidos en lo que respecta a esos avisos, con la sola aceptación de este reglamento y desde luego con la participación en la promoción. 17. Si un prestatario no acepta el premio o las condiciones del mismo, el premio se considera renunciado y extinguido en relación al prestatario y no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente. 18. Restricciones de participación: No podrán participar en esta promoción los funcionarios de MUCAP que hayan formalizado un crédito durante el periodo de vigencia de la promoción, ni los prestatarios que formalicen operaciones con subsidio total o parcial durante el periodo de la misma. 19. Para mayor información o consultas se puede llamar al teléfono 800-68227-27 o a la agencia MUCAP más cercana en un horario de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 6:00 p.m o sábados de 8:00 a 11:30 a.m. 20. Lo no previsto en este reglamento se regirá por Ley # 7472 Promoción de la competencia y defensa del consumidor. 20. El presente Reglamento
fue aprobado por la Junta Directiva de MUCAP en su sesión No. 2323-2003,
artículo 3 celebrada el día 28 de mayo del 2003 y rige a
partir de su divulgación en las agencias y Oficinas Centrales de
MUCAP.
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